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COMUNICADO |
Las medidas cautelares decretadas el pasado 09 de Mayo de 2008 por el Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas obedece a resguardar los intereses de nuestra organización con respecto a los acuerdos suscritos entre el Cantautor HANY KAUAM y nosotros. Nunca se le ha prohibido a Hany Kauam cantar tal y como el propio artista afirma a viva voz a través de los diferentes medios de comunicación social, solo se le ha indicado que debe realizar las contrataciones a través de su representante legal CENIT RECORDS y no a través de su persona o de su equipo de trabajo tal como es señalado en el contrato de representación artística vigente a la fecha. Las medidas cautelares decretadas rezan textualmente: “Se Prohíbe al Ciudadano Hany Kauam presentarse a cantar o actuar en algún evento o espectáculo o suscribir contratos o compromisos verbales con terceros, sin la debida representación artística de la empresa Cenit Records C.A, hasta tanto se dicte decisión definitiva en este proceso que ponga fin al presente litigio” Por lo tanto, desmentimos categóricamente las afirmaciones y acusaciones que el Cantautor HANY KAUAM ha venido realizando en contra de nuestra representada y en contra de Mi persona, teniendo nuestra organización toda la disposición de suscribir los contratos del artista garantizando así el derecho al trabajo consagrado en la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela Es Justicia, en caracas a los 10 días del mes de Julio de 2008 Jesús Alberto Kauam |